Los parámetros analizados en el Laboratorio comparados DECRETO SUPREMO Nº 010-2019-VIVIENDA, podemos comprobar que los parámetro fisicoquímicos de color y turbidez están dentro de lo permitido, la temperatura es 28, es menor que 35, cumple según la normativa, el pH es 7.16 se ubica dentro del rango que establece la normativa. Los valores de conductividad, dureza total, cloruros, fosfatos y nitratos son 1054 us/cm, 209.75 mg/ L, 139.54 mg/L, 0.44 mg/L y 21.56 mg/L respectivamente cumplen con la normativa. Los valores de sulfato el cual es 82.98 mg/L es menor que 1000 mg/L que es el máximo permitido según la normativa.
Lo valores críticos que podemos observar son los valores de DBO5 el cual es de 1257 mg/L, este valor es superior a lo máximo permito por la norma, el cual es de 500 mg/L, por lo cual se puede comprobar la alta concentración de contaminantes orgánicos, el valor de DQO es de 2636 mg/L, el cual es superior al máximo permitido por la norma, el cual es de 1000 mg/L, por lo cual se puede comprobar el alto contenido de sustancias reductoras presentes en el agua, los valores de solidos suspendidos totales es de 850 mg/L superando el valor permitido de la norma, el cual es de 500 mg/L, al igual que los sólidos sedimentables que supera los valores máximos Admisibles lo cual es 24 ml/L/h y la norma indica 8.5 ml/L/h, los valores de Plomo son de 0.0021 mg/L es menor que 0.5 mg/L, lo cual es lo que permite la norma, los valores de Cadmio no se encontró trazas de dicho análisis.
BUENA INFORMACION
PARA TENER EN CUENTA PARA LA CONSTRUCCION DE PTAR EN PLANTAS AZUCARERAS QUE NECESITARIAN POR LAS NUEVAS PROHIBICION DEL USO DE LOS DRENAJES PARA BEVACUAR AGUAS RESIDUALES .